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Inicio de plazo de presentación de solicitud única de la PAC

01/02/2021

FUENTE: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril, podrán presentarse la SOLICITUD ÚNICA de la PAC 2021.

Mediante la solicitud única, el productor puede solicitar todas las ayudas que le puedan corresponder de una sola vez. Como en campañas anteriores, la solicitud única debe presentarse ante la autoridad competente de la comunidad autónoma en la que radique la explotación o la mayor parte de su superficie. En caso de no disponer de superficie física, la solicitud se presentará en la comunidad autónoma en la que se encuentre el mayor número de animales.

En este sentido, y al igual que en 2020, se fomentará la presentación telemática de las solicitudes para facilitar su tramitación, sobre todo teniendo en cuenta las restricciones de movilidad existentes en cada territorio para hacer frente a la Covid-19.

A este respecto, resulta de gran importancia realizar una correcta cumplimentación de la solicitud, así como su presentación dentro del plazo establecido, para evitar posibles penalizaciones o, incluso, la no percepción de las ayudas.

El tipo de ayudas directas que se pueden solicitar se recogen en el real decreto sobre la aplicación de los pagos directos a la agricultura y la ganadería, publicado en diciembre de 2014 y modificado el 26 de enero de 2021. En esta norma se establecen los requisitos necesarios para poder optar a cada ayuda y la información mínima que debe contener la solicitud única.

Además, con el real decreto aprobado en Consejo de Ministros el pasado 26 de enero se asegura un marco estable para los agricultores y ganaderos españoles, para que sigan recibiendo sus ayudas de la PAC durante los años 2021 y 2022, sin cambiar las condiciones de admisibilidad de las mismas respecto al periodo 2014-2020.

TIPOS DE AYUDAS

  Las ayudas que se pueden solicitar en 2021 son las siguientes:

 1. Regímenes de ayuda desacoplados.

  • Pago básico a los agricultores (“régimen de pago básico”).
  • Pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente (“pago verde”).
  • Pago complementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola.  
  • Pago del régimen para los pequeños agricultores.

2. Regímenes específicos de ayudas por superficie:

  • Pago específico al cultivo del algodón.

3. Regímenes de ayuda asociada voluntaria, en aplicación del artículo 52 del Reglamento (UE) 1307/2013.

  • Ayuda asociada al cultivo del arroz.
  • Ayuda asociada a los cultivos proteicos.
  • Ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobas.
  • Ayuda asociada a las legumbres de calidad.
  • Ayuda asociada a la remolacha azucarera.
  • Ayuda asociada al tomate para industria.
  • Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.
  • Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.
  • Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.
  • Ayuda asociada para las explotaciones de ovino.
  • Ayuda asociada para las explotaciones de caprino.
  • Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación d derechos de pago básico.
  • Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
  • Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

Respecto al régimen del pago básico, como en campañas anteriores, los agricultores podrán conocer el valor de sus derechos de pago básico para la campaña 2021 a través de la consulta pública creada a tal efecto en la web del FEGA (https://www.fega.es/es/ayudas-directas-y-desarrollo-rural/consulta-derechos-pago-basico)

SOLICITUDES DE PROGRAMAS DE DESARROLLO RURAL, RESERVA NACIONAL Y CESIONES DE DERECHOS

También el lunes se abre el plazo de presentación de las solicitudes de pago de las medidas de desarrollo rural, incluidas en el ámbito del sistema integrado de gestión y control (básicamente ayudas por superficie y ayudas ganaderas), la comunicación de cesión de derechos de pago básico y la solicitud de derechos para la Reserva Nacional de Pago Básico. Esta última está orientada fundamentalmente hacia los jóvenes agricultores y hacia aquellos productores que se incorporan a la actividad agraria, y que cuentan con una formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario.

Para facilitar la cumplimentación de la solicitud única y teniendo en cuenta que todos los solicitantes de ayudas deben presentar la denominada “declaración gráfica”, de acuerdo con el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), de todas las parcelas agrícolas de la explotación, el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación pone la información necesaria a disposición de los solicitantes mediante el acceso al SIGPAC, a través de su página Web (www.mapa.es), de la Web del FEGA (www.fega.es) o de las comunidades autónomas.